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Según lo dispuesto en el Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica, es función del Consejo Universitario consultar el criterio de la comunidad universitaria, durante un periodo de treinta días hábiles, sobre los cambios que se realizan tanto al Estatuto Orgánico (artículos 236) como a los reglamentos generales para el funcionamiento de la Universidad de Costa Rica (artículo 30).
En este sitio podrá tener acceso a las reformas reglamentarias que se encuentran en periodo de consulta y realizar sus observaciones a las mismas.
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